Hospital Regional de Occidente

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Resumen de servicios

Establecimiento
Detalle
Catalogado como:
Hospital
Situación:
Funcionando
Servicios disponibles :
Cirugía general-Cirugía y sus especialidades-Medicina general-Medicina interna-Medicina interna y sus especialidades-Obstetricia-Ginecología-Pediatría-Pediatría y especialidades-Traumatología-Ortopedia-Patologia-Odontología-Maxilo facial-Psicología-Fisioterapia-Ultrasonido-Rayos x-Imagenologia, exámenes especiales-Resonancia magnética-Unidad de cuidados intensivos neonatales-Unidad de cuidados intensivos de adultos-Unidad de cuidados intensivos pediátrico-Clínica de violencia sexual-Clínica del adolescente-Centro de recuperación nutricional-Clínica de atención integral (UAI)-Deposito de sangre-Laboratorio clínico-Unidad de hemodiálisis-Mimeografia-Electrocardiograma-Electromiograma-Ecocardiograma-Odontopediatría-Cirugía plástica-Nutrición
Puntuación:

Descripción del establecimiento de salud

Somos una entidad hospitalaria, que depende del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social de Guatemala, responsable de promover la atención en salud, con calidad y respeto a los usuarios y usuarias que lo necesiten, mediante la atención en prevención, recuperación y rehabilitación de enfermedades. Contamos con recurso humano calificado, que hace un excelente uso de nuevas tecnologías para el mejoramiento de la vida de quienes necesiten de nuestros servicios.

Teléfono: 7932-1200 Dirección: 0 calle, 36-40 zona 8, Labor San Isidro, Quetzaltenango. Código Postal 09001
Sitio web: https://hospitaloccidente.mspas.gob.gt

Indicaciones para llegar 

Localización

Puntuación

Calificación general
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El Estado de Guatemala reconoce y protege el derecho a la privacidad e intimidad de las personas que es un derecho humano de todas las personas, en donde se debe propiciar el libre desarrollo de la personalidad y la protección sobre sus datos personales, actividades personales, documentos y medios de comunicación.
La Constitución Política de la República de Guatemala establece que por ningún motivo se puede violentar la privacidad en correspondencia, documentos y libros, punto desde el cual se garantiza el secreto a la correspondencia y de las comunicaciones digitales.

Articulo 24, Inviolabilidad de correspondencia, documentos y libros.

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